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Autores tienen nuevas tarifas

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Entre las novedades se encuentra la celebración de espectáculos en bares y centros nocturnos

La Agencia Cubana de Derecho de Autor Musical establece nuevas tarifas para el cobro del pago a los trabajadores por cuenta propia del sector artístico.

El Ministerio de Cultura aprobó la Resolución 5/2022 publicada en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

El ministerio establece nuevos costos por la utilización de las obras musicales y audiovisuales.

También lo hace para las segundas y sucesivas representaciones de obras de las artes escénicas.

La resolución 5/2022 incluye el pago a los trabajadores por cuenta propia, las cooperativas no agropecuarias y las micro, pequeñas y medianas empresas del sector no estatal.

Según establece la disposición los servicios de recreación, centros nocturnos, discotecas y otros establecimientos afines, para actividades nocturnas y matinées abonarán el 4 por ciento (%) de los ingresos brutos mensuales, incluyendo lo que se recaude por el cobro de la entrada.

Tarifas para el cobro de derecho de autor

En cuanto a los servicios de gastronomía, los restaurantes y cafeterías pagarán el 1% de los ingresos brutos mensuales, al tiempo que los bares abonarán el 2 %.

Cuando estos establecimientos ofrezcan además servicios de recreación, discoteca u otros, se aplicará la tarifa establecida para ese tipo de servicio sobre los ingresos brutos.

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Quienes realicen servicios de organización de fiestas y actividades afines deberán pagar el 3 % de los ingresos brutos mensuales.

Los servicios de reproducción y comercialización de contenidos culturales en cualquier soporte abonarán 300.00 pesos mensuales.

De acuerdo con la disposición, en las modalidades para las que se establece una tarifa porcentual sobre los ingresos brutos del utilizador, siempre que tengan lugar presentaciones en vivo, esta se aplica con anterioridad a cualquier distribución de ingresos entre el utilizador y la entidad comercializadora.

Para cualquier otra modalidad de utilización de las obras no prevista en esta Resolución, rigen las tarifas generales aprobadas en la Resolución 71, de 7 de julio de 2021, del Ministerio de Cultura.

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